Proceso de Becas 2025

PROCESO DE BECAS 2025

El Colegio Altazor en su proceso de asignación de becas privilegia la entrega de este beneficio a familias que estén pasando por una contingencia económica. Dando cumplimiento a la normativa vigente, todo establecimiento particular subvencionado con financiamiento compartido, debe cumplir lo siguiente en materias de becas:

    • Ley N° 19.532 de Nov.1997 “Otorgamiento de Becas”
    • Decreto supremo No 196 “Sistema de Integración social en los establecimientos educacionales con 15% de vulnerabilidad”
    • Ord. No 0604 de Junio 2010 del Coordinador Nacional de Subvenciones.

1. Disposiciones Generales Fechas del proceso:

    • 30 de septiembre: Se informa la apertura del proceso a través de correo electrónico masivo y se incluye en la página web del colegio.
    • 07 de octubre al 17 de octubre: Recepción de postulaciones en oficinas de Administración.
    • 18 de octubre al 31 octubre: Estudio de las postulaciones.
    • Semana del 05 de noviembre: Resultado del proceso de postulación, vía mail.
    • 06 de noviembre al 07 de noviembre: Recepción de apelaciones al resultado en oficinas de Administración,
    • 12 de noviembre: Entrega de respuesta a apelación, vía mail.

2.De los Fondos para las Becas
De la totalidad de los ingresos proyectados anualmente se destinará un 15% para el fondo de becas, el que se distribuirá en los siguientes casos como becas totales o parciales:

    1. Estudiantes con problemas económicos y que requieran ayuda en el pago de la mensualidad deben presentar la información exigida en este reglamento de becas.
    2. Estudiantes o familiares directos con enfermedades graves que encarecen los gastos del grupo familiar y que requieran ayuda en el pago de la mensualidad.

3.Requisitos Postulación:

    • Certificado de Registro Social de Hogares. Emitido por la municipalidad donde vive el/la estudiante correspondiente al año en curso. (puede descargarlo en www.registrosocial.gob.cl )
    • Carta explicativa de situación familiar.
    • Colegiaturas al día al momento de entregar la beca.

5.- Los Beneficiarios de Becas que hubieren entregado datos o antecedentes falsos para acceder a dicho beneficio, quedarán imposibilitados de volver a postular en los años sucesivos; sin perjuicio de perseguir el establecimiento, las responsabilidades legales correspondientes.

6.- La exención de pago se hará efectiva a partir del mes de marzo del año lectivo, sin perjuicio de lo cual será obligación del apoderado tener el pago de las mensualidades al día y no tener deudas de otra índole con el colegio. Todas las becas otorgadas caducan al término del año escolar respectivo.

7.- Para la asignación de becas se constituirá un comité especial designado por la Corporación.

8.- Los(as) apoderados(as)  cuyos estudiantes obtengan “Beca Parcial”, deberán cancelar el día 5 de cada mes el diferencial de la mensualidad.

9.- Para mantener este beneficio, los(as) apoderados(as) tienen la obligación de estar al día en el pago de la mensualidad de sus otros hijos/as, estudiantes del colegio y del diferencial de pago del estudiante becado/a, si procede.

Documentos:

FORMULARIO DE POSTULACIÓN A BECA 2025