Proceso de Becas 2027

Reglamento de Becas 2027

El Colegio Altazor en su proceso de asignación de becas privilegia la entrega de este beneficio a familias que estén pasando por una contingencia económica. Dando cumplimiento a la normativa vigente, todo establecimiento particular subvencionado con financiamiento compartido, debe cumplir lo siguiente en materias de becas:

  • Ley N° 532 de Nov.1997 “Otorgamiento de Becas”
  • Decreto supremo Nº 196 “Sistema de Integración social en los establecimientos educacionales con 15% de vulnerabilidad”
  • Nº 0604 de Junio 2010 del Coordinador Nacional de Subvenciones.

1.- Disposiciones Generales Fechas del proceso:

  • 21 de agosto: Se informa la apertura del proceso a través de correo electrónico masivo, se incluye en la página web y redes sociales del Colegio.
  • 01 de septiembre al 09 de septiembre: Recepción de postulaciones en oficinas de Administración. De lunes a viernes de 08.00hrs a 14.00hrs.
  • 10 de septiembre al 30 de septiembre: Estudio de las
  • 01 y 02 de octubre: Resultado del proceso de postulación en oficinas de Administración. De lunes a viernes de 08.00hrs a 14.00hrs.
  • 05 de octubre: Recepción de apelaciones al resultado en oficinas de Administración. De 00hrs a 14.00hrs
  • 13 de octubre: Entrega de respuesta a apelación, vía mail.

2.- De los Fondos para las Becas

De la totalidad de los ingresos proyectados anualmente se destinará un 15% para el fondo de becas, el que se distribuirá en los siguientes casos como becas totales o parciales:

  1. Alumnos/as con problemas económicos y que requieran ayuda en el pago de la mensualidad deben presentar la información exigida en este reglamento de becas.
  2. Alumnos/as o Familiares directos con enfermedades graves que encarecen los gastos del grupo familiar y que requieran ayuda en el pago de la mensualidad.

3.- Requisitos Postulación:

  • Certificado de Registro Social de Emitido por la municipalidad donde vive el alumno/a correspondiente al año en curso. (puede descargarlo en www.registrosocial.gob.cl )
  • Carta explicativa de situación familiar.
  • Ficha de Postulación. Adjunta en correo o descargar desde la página web del

4.- Los Beneficiarios de Becas que hubieren entregado datos o antecedentes falsos para acceder a dicho beneficio, quedarán imposibilitados de volver a postular en los años sucesivos; sin perjuicio de perseguir el establecimiento, las responsabilidades legales correspondientes.

5.- La exención de pago se hará efectiva a partir del mes de Marzo del año lectivo, sin perjuicio de lo cual será obligación del apoderado tener el pago de las mensualidades al día y no tener deudas de otra índole con el colegio. Todas las becas otorgadas caducan al término del año escolar respectivo.

6.- Para la asignación de becas se constituirá un comité especial designado por la Corporación.

7.- Los apoderados cuyos alumnos/as obtengan “Beca Parcial”, deberán cancelar el día 5 de cada mes el diferencial de la mensualidad.

8.- Para mantener este beneficio, los apoderados tienen la obligación de estar al día en el pago de la mensualidad de sus otros hijos/as, alumnos/as del colegio y del diferencial de pago del alumno/a becado/a, si procede.

Documentos: